Condiciones generales de alquiler de Vehículos a larga duración.

TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO

Artículo 1: Objeto.

Las presentes condiciones tienen por objeto definir las condiciones y modalidades de alquiler de vehículos sin conductor de larga duración. Los vehículos alquilados se denominarán, en lo sucesivo, los “Vehículos”. Estas normas serán de aplicación siempre y cuando el contrato de larga duración no venga subordinado por otro contrato Marco, en cuyo caso se considerarán condiciones complementarias a aquéllas en todo lo que no las contravengan.

Artículo 2: Partes contratantes

Estas Condiciones generales de Contratación son aplicables al contrato que se celebra entre, el Arrendatario del vehículo, cuyo concepto viene definido en el artículo 3, en lo sucesivo denominado, el “Arrendatario” y Plataforma Comercial de Retail S.A.U., en adelante, denominada el “Servicio arrendador”, “Arrendador” o “Stellantis &You”, con CIF A28278026 y domicilio social en la calle Doctor Esquerdo, Nº 62, C.P. 28007, Madrid.
El Servicio arrendador pone a disposición del Arrendatario, firmante del contrato de alquiler, el vehículo alquilado, identificado en la primera página del documento denominado Contrato de Alquiler (en adelante, el “Vehículo”).

Artículo 3: Arrendatario.

El Arrendatario será toda persona física o jurídica, consumidor, profesional o no profesional, que alquile el Vehículo descrito en el Contrato. El Arrendatario deberá ostentar la titularidad de un medio de pago válido aceptado.

Artículo 4: Conductor/es habilitado/s.

El Servicio arrendador autorizará al Arrendatario, si éste fuere una persona física, a la conducción del vehículo siempre que cumpla con los requisitos exigidos por el Servicio Arrendador para ello. Asimismo, podrá autorizar la conducción del vehículo a otras personas distintas del Arrendatario, a petición de éste y siempre y cuando se indiquen sus datos, de forma detallada, en el contrato de alquiler y cumplan los mismos requisitos de validez y antigüedad del permiso de conducir requeridos al Arrendatario; deberán presentar dicho permiso al Servicio arrendador en el momento de la firma del contrato de alquiler.

De esta forma, se entenderá por conductor al conductor principal, al conductor secundario y a cualquier conductor que figure en el contrato de alquiler y que reúna las condiciones necesarias para la conducción del vehículo alquilado, a saber: disponer de un permiso de conducir español o internacional en vigor y reconocido en España, con una antigüedad mínima de dos años y haber cumplido los 21 años de edad. El permiso deberá ser presentado al Servicio arrendador, como máximo, en el momento de la firma del contrato de alquiler.

Salvo el Arrendatario y los posibles conductores autorizados, nadie más estará autorizado a conducir el vehículo.
El Arrendatario responderá personal y solidariamente por las personas que conduzcan el vehículo durante el arrendamiento.
Es de obligado cumplimiento que el arrendatario lleve siempre consigo su ejemplar del contrato de alquiler vigente durante la duración del mismo.

Artículo 5: Estado general del Vehículo, mantenimiento y reparación.

El vehículo se entrega al Arrendatario en buenas condiciones de funcionamiento y de carrocería, salvo los posibles daños indicados en la portada del contrato de alquiler, “Estado descriptivo del vehículo”. Cualquier daño u observación en el momento de la entrega del Vehículo deberá mencionarse por escrito en el contrato de alquiler antes de su puesta en marcha. Igualmente, se verificará el estado del Vehículo a la devolución, contrastando el estado de salida con el de devolución.

El Vehículo se entrega al Arrendatario con la documentación completa, así como con la llave del vehículo, herramientas y accesorios, chaleco reflectante y triángulos de pre-señalización de emergencias. El Arrendatario se compromete a utilizar los accesorios con diligencia y a devolverlos en el mismo estado en que se le entregaron. En el caso de no devolución de los accesorios a la finalización del contrato de alquiler, el Arrendatario se obliga a abonar al Servicio arrendador los accesorios no entregados. El importe de los mismos está establecido en la tabla a su disposición, “Posibles Cargos Suplementarios.”

El Servicio arrendador se encargará del mantenimiento habitual del vehículo, tal y como se indica en la guía de mantenimiento del fabricante. Las reparaciones, sustitución de piezas o de neumáticos como resultado de un deterioro normal serán por cuenta del Servicio arrendador y se efectuarán por sus propios medios. Sin embargo, si el Vehículo es inmovilizado fuera de la localidad del Servicio arrendador, el Arrendatario podrá encargar la reparación o el suministro al miembro de la red Oficial Peugeot / Citroën / DS/ Opel más próximo, tras haber recabado el consentimiento por escrito del Servicio arrendador.

Las reparaciones, sustitución de piezas o suministro que sean consecuencia de actos dolosos o culposos imputables al Arrendatario o conductores autorizados serán siempre por cuenta del Arrendatario. En este caso, el Arrendatario será responsable de todos los gastos en que se haya podido incurrir para la recuperación y rehabilitación del Vehículo, incluidos los gastos de retirar, transportar o remolcar el Vehículo al Servicio arrendador. No obstante, si el Vehículo se encontrase inmovilizado a más de 100 km. del lugar del establecimiento del Servicio arrendador, el Arrendatario podrá encargar la reparación o el suministro al miembro de la red Peugeot/ Citroën/DS/ Opel más cercano, tras haber obtenido el consentimiento por escrito del Servicio arrendador. El Arrendatario deberá presentar la factura pagada y detallada en concepto de todas las operaciones efectuadas fuera del Servicio arrendador.

Artículo 6: Obligaciones de custodia, conducción y uso aplicables.

A partir del momento de la entrega del Vehículo, el Arrendatario asume la custodia del mismo y es el único responsable del Vehículo y de las consecuencias que puedan derivarse de su utilización.

El Vehículo podrá ser conducido únicamente por el Arrendatario o por el(los) conductor(es) autorizado(s), identificado(s) en el contrato de alquiler. El Arrendatario se compromete a llevar en el Vehículo, como máximo, el número de personas que se indica en el Permiso de Circulación del vehículo y a circular con la máxima diligencia y observancia de la normativa vigente en materia de Circulación y Seguridad Vial.

El Arrendatario se obliga a no fumar en el interior del vehículo, así como a no permitir a otros fumar en el interior del vehículo. Asimismo, el Arrendatario se obliga a no transportar animales en el interior del vehículo. En caso de incumplimiento de lo antedicho, se aplicará el cargo correspondiente a la “Desodorización y limpieza del Vehículo”, recogido en la tabla a su disposición, “Posibles Cargos Suplementarios”.

El Arrendatario o, en su caso, las otras personas que vayan conduciendo el vehículo serán los responsables de las infracciones de las normas de Tráfico, como consecuencia de la conducción o posesión del Vehículo, estando obligado el Arrendatario a identificar al conductor que haya cometido la infracción, de conformidad a la legislación vigente. El Arrendatario y, en su caso, el conductor será/ serán responsable/s de cualquier otra infracción legal y/o reglamentaria, cometida con el vehículo.

Si el Servicio arrendador resultase multado, sancionado, condenado y/o tuviese que resarcir a terceros por los daños y perjuicios causados, como consecuencia de cualquier incumplimiento de la normativa vigente por parte del Arrendatario o, en su caso, de otras personas que conduzcan el vehículo, el Arrendatario quedará obligado a indemnizar al Servicio arrendador por la totalidad de los daños y perjuicios que dicha multa, sanción, condena y/o indemnización a terceros le irrogue, incluyendo, en su caso, los de su defensa ante la Administración y los Juzgados y Tribunales de Justicia, incluidas costas y honorarios profesionales.

El Arrendatario se compromete a tomar todas las medidas necesarias para evitar el deterioro, robo o sustracción del Vehículo y, especialmente, a activar el sistema de alarma si el Vehículo dispone del mismo, cerrar con llave las puertas, cerrar las ventanillas y a no dejar documentación del Vehículo u objetos y efectos personales a la vista cuando el Vehículo se encuentre estacionado. En caso de robo, el Arrendatario deberá abonar el importe de la franquicia de la cobertura del seguro del vehículo. En caso de apropiación indebida del vehículo, el Arrendatario deberá abonar al Servicio Arrendador el importe del vehículo que será el equivalente a su valor de mercado en el momento en que se produzca el hecho.

El Arrendatario, y en general cualquier conductor autorizado o cedente autorizado en virtud de un contrato Marco, utilizará el Vehículo respetando estrictamente las normas y recomendaciones del fabricante, siendo prudente y adoptando todas las precauciones esperadas por el Servicio arrendador de un usuario medio. Por ello, procederá, de forma regular, a comprobar los niveles de lubricante y del líquido refrigerante, el líquido de frenos y de limpiaparabrisas, según las indicaciones de los testigos luminosos y de acuerdo con las indicaciones de la guía de mantenimiento del fabricante. Cualquier otra intervención tendrá que ser sometida a la autorización previa del Servicio arrendador.

El Arrendatario será responsable de los daños o de las pérdidas ocasionadas en el Vehículo y de los objetos que se encuentren en el mismo, con excepción de la cuantía cubierta por el Seguro, según se establece en el artículo 7.1. de las presentes Condiciones Generales.

El Arrendatario se compromete a no modificar ni incorporar nada en el Vehículo o en sus equipamientos (por ejemplo, un enganche de remolque o una baca), salvo autorización por escrito del Servicio arrendador.

El uso del vehículo no deberá ser diferente del habitual, no utilizándolo especialmente:

  • fuera de las vías abiertas al tráfico, las no pavimentadas o las que, por su estado, puedan sufrir un riesgo de daños para el Vehículo;
  • para el transporte de pasajeros a título oneroso;
  • para subarriendo, total o parcial;
  • para remolcar o empujar cualquier objeto;
  • para competiciones automovilísticas o rallies, incluidos los entrenamientos y/o pruebas preparatorias de estos;
  • en desafíos, apuestas, carreras, concursos;
  • para aprender o enseñar a conducir;
  • para transportar animales;
  • para el transporte de materiales inflamables, explosivos, corrosivos, comburentes, radiactivos o fuentes de rayos ionizantes, etc., o las que infrinjan las disposiciones legales vigentes;
  • en los recintos portuarios, aeroportuarios, aeródromos, instalaciones de refinerías y compañías petrolíferas, así como su carga o traslado en naves, aeronaves, buques o análogos.
  • para la prueba de materiales y su resistencia, así como de elementos no homologados para el vehículo.

El Vehículo podrá ser utilizado únicamente dentro del territorio peninsular español, no pudiendo ser conducido a territorios insulares (islas Baleares, Islas canarias) o territorios extranjeros, sin que se permita trasladar el vehículo en grúas, camiones, trenes, buques o cualesquiera otros medios de transporte y fuera del territorio mencionado. Salvo acuerdo expreso indicando lo contrario mediante un contrato Marco, queda prohibido al Arrendatario ceder, subarrendar, alquilar, hipotecar, pignorar, vender o, de cualquier manera, dar en garantía tanto el vehículo como el contrato de alquiler, las llaves del mismo, la documentación, el equipamiento, las herramientas y/o accesorios del mismo y/o cualquier parte o pieza del mismo o tratar lo anterior de manera que cause perjuicio al Servicio arrendador.

Artículo 7: Seguros y coberturas aplicables.

7.1 – Cobertura.
a) Responsabilidad civil, protección jurídica, PAI

Responsabilidad civil, de acuerdo con la legislación vigente en cada momento y adaptada a la normativa europea. Responsabilidad civil de suscripción voluntaria con el límite de 50.000.000€, conforme a las condiciones del Contrato de Seguro de Vehículo a Motor surtido al efecto, en exceso de los límites de la cobertura de Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria.

Defensa Jurídica y reclamación de Daños: conforme a las condiciones y coberturas y limitaciones del Contrato de Seguro de vehículos a Motor, se garantizan los gastos y servicios de asistencia jurídica en caso de intervención de abogados y procuradores recomendados y nombrados por la aseguradora de acuerdo a las condiciones generales de la póliza. En caso que el asegurado decida confiar la defensa de sus intereses a un letrado de su elección diferente al designado por la compañía, tanto en circulación como en la situación de reposo o fuera de circulación, dispondrá de los siguientes límites: Abogado designado por la propia compañía aseguradora: ilimitado; libre elección de abogado: 600€; fianzas penales: hasta 6.000€.

Garantía individual de accidentes conductor y pasajeros (PAI): por víctima:

  • fallecimiento: 12.000€.
  • incapacidad permanente absoluta: 18.000€.
  • gastos médicos a su cargo: hasta 1.800€.
  1. b) Daños en el Vehículo
    Cualquier daño producido en el vehículo como consecuencia de colisión (CDW), robo (THW) y apropiación indebida y su tentativa cuentan con una franquicia de 550€ por siniestro o por cada parte dañada.

7.2 – Principales exclusiones:

  1. a) Respecto a cualquier garantía
  • Los daños acaecidos cuando, en el momento del siniestro, el conductor no tenga la edad exigida o no esté en posesión del permiso de conducir vigente requerido para la conducción por la normativa en vigor.
  • Los daños consecuencia de un hecho intencionado del conductor asegurado.
  • Los causados por inundación, terremoto, erupción volcánica, tempestad ciclónica atípica, caída de cuerpos siderales y aerolitos, terremoto, motín, tumulto popular, hechos o actuaciones en tiempo de paz de las Fuerzas Armadas o de los Fuerzas o Cuerpos de Seguridad.
  • Los causados con ocasión de la participación en desafíos, apuestas, carreras, concursos, rallies y pruebas preparatorias de estos últimos.
  • Los que se produzcan en el interior del Recinto de Puertos y Aeropuertos.
  • Los daños ocasionados por una guerra extranjera o civil.
  • El pago de multas.
  • La pérdida de llaves.
  1. b) Respecto a la garantía PAI

Los daños corporales sufridos por el conductor del Vehículo en casos de conducción bajo los efectos del alcohol y/o estupefacientes sin receta médica, cuando dicho estado esté relacionado con la causa del accidente.

  1. c) Respecto a las coberturas daños al Vehículo
  • Los daños sufridos por el Vehículo en caso de conducción bajo los efectos del alcohol y/o estupefacientes sin receta médica, cuando dicho estado esté relacionado con la causa del accidente.
  • Los daños ocasionados a los bienes transportados en el Vehículo.
  • Estar privado del disfrute del Vehículo asegurado, así como de los gastos de taller.
  • Repostaje erróneo de combustible
  • Daños en el interior, en el techo o en los bajos del vehículo.
  • Daños en neumáticos y en llantas.

7.3 – Obligaciones del Arrendatario en caso de accidente o robo.

En cualquier caso, el Arrendatario se obliga a comunicar el siniestro al Servicio arrendador lo antes posible y, a más tardar, en las 24 horas siguientes a su acaecimiento.

El Arrendatario se obliga, además:

  1. a) En caso de accidente, a hacer llegar, en el plazo máximo de 48 horas desde el acaecimiento del suceso al Servicio arrendador, aunque sólo se trate de daños materiales ocasionados al vehículo, el original de la declaración amistosa del accidente debidamente firmada y cumplimentada de forma legible (a falta de ésta, informe del siniestro incluyendo todos los detalles útiles sobre las circunstancias del accidente, los datos del conductor del Vehículo, los del contrario y su aseguradora, así como los de los testigos, los daños sufridos por el Vehículo, así como cualesquiera otros datos relevantes); si hubiese intervención de los agentes de la Autoridad encargados de la vigilancia del Tráfico y la Seguridad Vial, el número de Atestado.
  2. b) En caso de robo del Vehículoo de sus equipamientos y accesorios o de un acto de vandalismo, el Arrendatario y/o cualquier conductor autorizado estará obligado a denunciar ante las Fuerzas de Orden Público o la Autoridad Judicial competentes el robo o el acto de vandalismo tan pronto como conozca los daños o la desaparición, comunicar y facilitar la copia de la denuncia al Servicio arrendador dentro de las 24 horas siguientes a haber percibido los daños o la desaparición y, en caso de robo del Vehículo, devolver la documentación del mismo y las llaves originales en el mismo período.

En caso de los eventos de accidente, robo o su intento, el Servicio arrendador facturará al Arrendatario el importe indicado en la tabla a su disposición, “Posibles Cargos Suplementarios”, bajo el concepto de “Gestión Administrativa de Accidentes” por las tareas administrativas vinculadas a la gestión derivada de dichos eventos.

Artículo 8: Asistencia.

En caso de accidente, avería o robo, el Vehículo dispone de un servicio de asistencia 24h los 7 días de la semana concertada con AutoClub Mutua.

Para esta prestación deberá ponerse en contacto AutoClub Mutua en los números de teléfono 902 555 855 (desde España) y (+34) 91 342 07 64 (desde el extranjero).

Esta asistencia se presta en España y en los territorios continentales de los países de la Unión Europea y Andorra, Gibraltar, Noruega y Suiza.

En el caso de que la necesidad de asistencia surja a consecuencia de un evento no imputable al Servicio arrendador, este repercutirá el coste del servicio según lo indicado en la Tabla a su disposición, “Posibles cargos suplementarios”, bajo el epígrafe “Asistencia”.

Artículo 9: Precio y condiciones de pago.

La duración del alquiler será la pactada inicialmente en el contrato de alquiler y se facturará en base a meses naturales, es decir, desde el día 1 hasta el último día del mes que sea, siendo todas las mensualidades iguales con independencia del nº de días del mes.

La primera y última factura se emitirán en proporción al número de días del mes que se haya utilizado el vehículo tomando como base treinta (30) días y la mensualidad.

En el momento de entrega del Vehículo, deberá haberse depositado una fianza que se constituirá a favor del Servicio arrendador indicado en las Condiciones Particulares recogidas en la página 1 del contrato de alquiler. En caso de sobrepasar la duración prevista, el Arrendatario tendrá que abonar sin demora el importe adicional al Servicio arrendador.

Las eventuales ampliaciones del servicio de alquiler no podrán compensarse con la fianza constituida a favor del Servicio arrendador, debiendo hacer el pago de la diferencia por el nuevo período con anterioridad a la entrada en vigor de esta ampliación.

El Arrendatario se hará cargo de los gastos de combustible. Si el Arrendatario no devolviese el Vehículo con el mismo nivel de combustible que le fue entregado, el Servicio arrendador le facturará los gastos de combustible necesario para alcanzar ese nivel además de un cargo fijado en la tabla a disposición, “Posibles Cargos Suplementarios”, bajo el título “Servicio de Repostado” y “Combustible Faltante”.

Por otra parte, si el Arrendatario entrega el vehículo en condiciones de suciedad manifiesta y/o si se ha fumado en el interior del vehículo, se le facturará una tarifa según se refleja en la tabla a su disposición, “Posibles Cargos Suplementarios”, bajo el concepto “Limpiezas especiales”.

El alquiler se pacta por una duración definida y con un kilometraje máximo indicado en el contrato de alquiler. En caso de sobrepasar dicho kilometraje, se aplicará un cargo por cada kilómetro adicional indicado en las Condiciones Particulares recogidas en la página 1 del contrato de alquiler.

En caso de retraso en el pago de cualquiera de los importes que el Arrendatario deba al Servicio arrendador, éstos se verán incrementados de pleno derecho con el tipo de interés legal del dinero más 5 puntos.

Si la devolución del Vehículo no se produce en las 24 horas siguientes a la fecha y hora prevista, el Servicio arrendador quedará facultado para presentar la correspondiente denuncia ante la Autoridad o sus Agentes, dando cuenta de lo acaecido.

9.1 Condiciones de pago

El pago de la Fianza y de la primera mensualidad, se efectuará a través de tarjeta de crédito o débito al inicio del alquiler. El pago de las sucesivas cuotas mensuales, se efectuará en los 3 primeros días de cada mes a través de pago con tarjeta de crédito, débito o de transferencia bancaria. Si el Arrendatario es una persona jurídica se permitirá también la opción de giro bancario tras factura siempre que esté aprobada por la dirección financiera. No se aceptarán tarjetas electrónicas (virtuales), ni tarjetas de prepago. La tarjeta bancaria deberá estar obligatoriamente a nombre del Arrendatario.

Stellantis &You emitirá a final de mes al ARRENDATARIO una factura mensual por el alquiler del vehículo.

Artículo 10: Depósito de fianza.

Para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones y sin perjuicio de lo establecido en el Artículo anterior, el Arrendatario deberá abonar al Servicio arrendador en concepto de fianza el importe indicado en las Condiciones Particulares recogidas en la página 1 del contrato de alquiler para el Vehículo alquilado mediante los medios de pago aceptados por el Servicio arrendador.

Ambas partes convienen que el Servicio arrendador conservará esta fianza para cubrir las deudas del Arrendatario que este no hubiera abonado al término del alquiler. Si al término del alquiler la deuda del Arrendatario fuese superior al importe de dicha fianza en depósito, el Arrendatario deberá abonar dicha cantidad adicional al Servicio arrendador con carácter inmediato y sin perjuicio de lo establecido en el Artículo anterior.

Artículo 11: Devolución del Vehículo

El alquiler finalizará únicamente cuando se hayan devuelto el Vehículo, las llaves, accesorios y toda la documentación administrativa del Vehículo. La devolución deberá efectuarse durante el horario comercial de apertura del Servicio arrendador. Fuera del horario comercial, el Vehículo no será recepcionado por el Servicio arrendador, siendo el Arrendatario responsable de los daños que pueda éste sufrir hasta su efectiva devolución al Servicio arrendador.

El Arrendatario deberá devolver el Vehículo al Servicio arrendador de origen, en la fecha y hora previstas indicadas en el contrato de alquiler. Si el Arrendatario desea prolongar la duración del alquiler y modificar dicha fecha, deberá informar al Servicio arrendador y obtener, con una antelación mínima de 24 horas, su consentimiento. Si el Arrendatario desea devolver el vehículo con antelación a la fecha acordada en el contrato, el precio del alquiler mensual de la totalidad del periodo, variará al precio mensual correspondiente a los meses finalmente disfrutados. Por tanto, se realizará un ajuste en la última cuota, el caso que la tarifa mensual a modificar fuera más alta de la que se había determinado en la Página 1 del contrato de alquiler. Se podrá producir una devolución del vehículo en fecha distinta si existe acuerdo entre ambas partes.

El Arrendatario se obliga a devolver los vehículos en perfecto estado de funcionamiento y conservación, libres de golpes y arañazos, en su estado original físico y mecánico a excepción del normal desgaste por uso, con todos los extras contratados y con la siguiente documentación: permiso de circulación, ficha de inspección técnica, copia de la póliza de seguro y todos los juegos de llaves que se proporcionaron a la entrega de cada vehículo. Los neumáticos deberán cumplir los requisitos establecidos para el fabricante, ser aptos para la circulación del vehículo y presentar un desgaste proporcional al uso.

En el momento de la devolución de cada vehículo, que podrá ser realizada por un tercero designado por el Arrendatario, se hará constar en el Contrato Específico la fecha de entrega, el kilometraje final del vehículo, los posibles desperfectos y los documentos y elementos entregados. El Arrendatario será responsable de todos los gastos, que, en su caso, sean necesarios para la reparación de los vehículos en el momento de la devolución, así como para la reposición de la documentación y demás elementos (llaves, etc.) en su caso no entregada y gastos derivados del mantenimiento o servicio del vehículo recomendado por su fabricante, (si no constase efectuado) a efectuar por los servicios oficiales de la marca. Con independencia de los supuestos anteriores, también serán valoradas en el momento de la devolución del vehículo, cuantas incidencias mecánicas presenten, los daños de chapa y pintura, deficiencias en los neumáticos, presencia de quemaduras en los asientos y la falta de cualesquiera de sus elementos y accesorios (rueda de repuesto, gato o kit de pinchazos, bandeja trasera, ceniceros, mecheros, etc.)

En el momento de la devolución, cada vehículo será peritado por personal designado por Stellantis &You y el Arrendatario se obliga expresamente en el presente contrato a pagar el importe de todos los conceptos que se indican en los párrafos anteriores con un máximo de 550 € por cada parte que se tenga que dar al seguro.

Los daños interiores se tendrán que abonar en todo caso.

Artículo 12: Incumplimiento del contrato, legislación aplicable y jurisdicción

En caso de incumplimiento, por cualquiera de las Partes de sus respectivas obligaciones contractuales, la parte cumplidora podrá resolver anticipadamente, de pleno derecho, el alquiler, sin perjuicio de los demás derechos y acciones que pudieran asistirle.

El contrato, así como sus términos y condiciones generales se someten a la Legislación Española.

Para cualquier discrepancia que pueda surgir en la interpretación y aplicación del contrato, sus términos y condiciones generales aún después de su finalización, las partes se someten a la Jurisdicción de los Juzgados de la localidad donde se celebra el contrato de arrendamiento.

 

INFORMACIÓN ESPECÍFICA SOBRE LA FACTURA Y EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

Obligaciones del Arrendatario respecto a los datos personales y a la información a los conductores.

El Arrendatario es responsable y garantiza la veracidad y actualización de los datos personales de todos los posibles conductores que se incluyan en el contrato de arrendamiento y queda obligado a informar a éste/éstos del contenido íntegro del tratamiento de los datos de carácter personal.

Factura

La factura llevará el logotipo de Free2Move, marca de movilidad del Grupo Stellantis, porque PLATAFORMA COMERCIAL DE RETAIL S.A.U. utiliza la plataforma informática de la citada empresa para la emisión de las facturas.

 

Tratamiento de datos personales

Responsable del tratamiento: PLATAFORMA COMERCIAL DE RETAIL., S.A.U., como Servicio Arrendador en el presente contrato, con CIF A2827802 y domicilio social en la calle Doctor Esquerdo nº 62, 28007 de Madrid. Con nombre comercial Stellantis &You y empresa perteneciente al Grupo Automovilístico STELLANTIS.

 

Finalidades y base jurídica del tratamiento: Los datos personales indicados se destinarán a las siguientes finalidades:

Finalidad Base jurídica
Gestión y cumplimiento de las obligaciones y derechos del contrato suscrito con el Cliente. Cumplimiento del contrato
Gestión y cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades legales del Servicio Arrendador, derivadas del contenido de este contrato Cumplimiento de las Leyes.
Llevar a cabo encuestas a los clientes para mejorar la calidad de los productos y servicios; gestionar y optimizar la relación con los clientes; anticiparse a las
necesidades y a la satisfacción de estos y poder desarrollar o mejorar nuevas funciones o servicios de conformidad con las informaciones obtenidas
Interés legítimo en evaluar la calidad de los productos y/o servicios contratados.
Enviarle información comercial sobre ofertas, noticias, eventos promocionales(newsletters y otras informaciones). Consentimiento previo que otorgará expresamente al facilitar sus datos personales.

 

Destinatarios de los datos:
Podremos compartir los datos personales que recogemos, en la medida en que sea necesario y adecuado a cada finalidad, con un número restringido de destinatarios, de la siguiente manera:

 

Finalidad Base jurídica Destinatario (s) o categoría destinatario (s)
Gestión y cumplimiento de las obligaciones, derechos y responsabilidades legales derivadas del contrato suscrito con el Cliente. Cumplimiento del contrato

Cumplimiento de las Leyes

PSA Automobiles SA, 2-10 Boulevard de l’Europe, 78 300 Poissy, Francia, y proveedores de servicios de T.I. (tecnologías de la información) para el soporte de los sistemas.

Free2Move Iberia, S.A.U —Sociedad de nacionalidad española, con N.I.F. A87657086,y con domicilio social en 28007 Madrid, Doctor Esquerdo, 62. Proveedor de servicios para la gestión de la factura y soporte informático al sistema.

Llevar a cabo encuestas a los clientes para mejorar la calidad de los productos y servicios; gestionar y optimizar la relación con los clientes; anticiparse a las necesidades y a la satisfacción de estos y poder desarrollar o mejorar nuevas funciones o servicios de conformidad con las informaciones obtenidas Interés legítimo en evaluar la calidad de los productos y/o servicios contratados. Empresas especializadas en la finalidad citada que pueda subcontratar Plataforma Comercial de Retail S.A.U.

Free2Move Iberia, S.A.U —Sociedad de nacionalidad española, con N.I.F. A87657086,y con domicilio social en 28007 Madrid, Doctor Esquerdo, 62

Enviarle información comercial sobre ofertas, noticias, eventos promocionales (newsletters y otras informaciones). Consentimiento previo que otorgará expresamente al facilitar sus datos personales. Empresas especializadas en Marketing subcontratadas por Plataforma Comercial de Retail S.A.U.

 

Transferencias internacionales:

No está prevista la transferencia internacional de datos personales. En el caso de tener que comunicar sus datos personales a destinatarios de países que están fuera del Espacio Económico Europeo (EEE), las condiciones de esta transferencia están protegidas de conformidad con la legislación vigente en materia de protección de datos personales.

Geolocalización del vehículo

El vehículo puede disponer de sistema de geolocalización. Al contratar este servicio, el Arrendatario y/o conductor adicional autorizado queda informado y acepta que el funcionamiento del Servicio requiere la recogida de datos de geolocalización del vehículo. Asimismo, el Arrendatario responderá con carácter exclusivo, quedando el responsable del tratamiento exonerado de cualquier responsabilidad, de los daños y perjuicios que pueda causar a terceros, ya sea en su intimidad personal o familiar, privacidad o derecho del tercero de cualquier otra índole, como consecuencia del uso del dispositivo de geolocalización del vehículo contraviniendo la legislación vigente.

Plazo de conservación de sus datos personales

El plazo de tiempo durante el que conservaremos los datos personales está determinado, en cada caso, por el cumplimiento de la finalidad específica de cada tratamiento informado en este documento de los citados datos, atendiendo a los siguientes criterios:
– Los datos almacenados para una finalidad concreta se conservarán el tiempo que sea necesario para alcanzar dicha finalidad del tratamiento de datos personales, tal y como se define en los apartados anteriores (duración del contrato con el cliente, para cumplir con la Ley, mientras continúe nuestra relación comercial o contractual con el cliente).

– Una vez concluida la relación contractual o comercial, sus datos personales serán bloqueados para su utilización en caso de litigio o conflicto durante el plazo aplicable de acuerdo con la normativa vigente.
– Posteriormente, sus datos serán anonimizados o eliminados.

Derechos del Arrendatario y/o conductor adicional autorizado: Disponen de los siguientes derechos referidos al tratamiento de sus datos personales: Acceso, rectificación, cancelación, oposición, limitación del tratamiento, supresión.

Procedimiento para el ejercicio de los Derechos:

Solicitud escrita, acompañada de copia de documento oficial de identificación individual del titular de los datos, dirigida a PLATAFORMA COMERCIAL DE RETAIL, S.A.U., Departamento de Marketing, calle Doctor Esquerdo, nº 62, C.P. 28007, Madrid o a la siguiente dirección de correo electrónico: sucursales@stellantis.com , indicando en la solicitud escrita REF: ALQUILER FLEXIBLE. En esta dirección de correo electrónico podrá realizar cualquier consulta sobre protección de datos al DPO (Delegado de Protección de Datos) de la empresa.

Asimismo, dispone del derecho a presentar reclamación ante la Autoridad de Control en materia de protección de datos personales en el caso de que considere que el tratamiento realizado respecto de los datos personales no cumple con la normativa vigente, dirigiéndose a la Agencia Española de Protección de Datos, calle Jorge Juan, Nº 6, 28001 Madrid, teléfono 901 100 099, web: www.agpd.es.

Puede acceder a la política de privacidad clic aquí

 

TABLA DE POSIBLES CARGOS SUPLEMENTARIOS

 

Limpieza especial nivel 1 (lavado interior y exterior) 40€
Limpieza especial nivel 2 (lavado en profundidad interior y exterior) 80€
Conductor adicional (gratis 2 conductores) 5€/día con un máximo de 270€/mes
Conductor joven (entre 21 y 24 años) 15€/día con un máximo de 150€/mes
Gastos de gestión por infracción del Código de circulación y estacionamiento = Gestión de multas 10€/multa
Gastos de gestión por devolución por persona no mencionada en las CGA 150€
Cobro por no respetar la prohibición de fumar 100€
Gastos de carburante diésel=1.80€/litro y Gasolina=1.85€/litro
Gastos de gestión por aprovisionamiento de carburante 15€